LA ASOCIACIÓN EL RASTRO PUNTO ES DENUNCIA LA FORMA DE PROCEDER DE LA CONCEJALÍA DEL DISTRITO CENTRO

Madrid 15 de diciembre de 2014

 

Estimado Concejal:

 

Por el presente escrito los vendedores representados por la “Asociación El Rastro Punto Es” DENUNCIAMOS las siguientes cuestiones:

 

  1. La forma elegida por su Concejalía para informar a los vendedores del Rastro de Madrid de los plazos que han estipulado para recoger el abonaré anual (las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local) que se está realizando de forma exclusivamente verbal, por parte de los agentes municipales, en el Rastro de Madrid. Lo cual entraña riesgos en la protección de nuestros derechos, dado que la legislación vigente obliga a que las Notificaciones por parte de la Administración Pública “permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado” Además de que “la acreditación de la notificación efectuada se incorporará al expediente” (art. 58 de la LRJAP Y PAC)

 

  1. La gestión que se está llevando de la recepción de los documentos que los vendedores presentamos anualmente en el registro para seguir ejerciendo nuestra actividad en el Rastro de Madrid. Gestión que es objeto de numerosas quejas por parte de los vendedores, pues en múltiples casos la Concejalía notifica a los vendedores que no ha sido presentada cuando van a recoger el abonaré citado: “TRÁMITE DE AUDIENCIA PREVIO A DEJAR SIN EFECTO LA AUTORIZACIÓN PARA EJERCER LA VENTA EN EL RASTRO POR NO HABER APORTADO TODA LA DOCUMENTACIÓN PRECEPTIVA”. Notificación que en numerosos casos se firma ,junto a la recepción del abonaré, sin conocimiento del contenido de la misma, pues el funcionario sólo pasa a explicar su significado una vez ha sido rubricada. En ella se da un plazo de 10 días para demostrar que se ha registrado la documentación requerida, en cuyo defecto se da por extinguida la autorización municipal. Documentación que en la mayor parte de los casos, como se ha demostrado, si había sido registrada en tiempo y forma, como consta en el escrito presentado en el registro, pero aún así nos obligan a volver a registrarla en el plazo estipulado en la notificación . Notificación de la Concejalía que, curiosamente en este caso, si consta de fecha de emisión (no así la fecha de la recogida de la misma) y firma de los vendedores , quedando por lo tanto constancia fehaciente de la recepción de la misma.

 

Por lo expuesto, SOLICITAMOS que se cumpla la legislación vigente en relación a las Notificaciones por parte de la Administración Pública, para proteger los legítimos derechos de los vendedores del Rastro, tanto en relación a los plazos para presentar en registro la documentación anual como para recoger el abonaré en la Concejalía. Así mismo, que la Concejalía entregue a los vendedores escrito firmado en el que conste la recepción de los documentos registrados, dado que parece ser que con el Registro oficial en OFICINAS DE LÍNEA MADRID, no es suficiente para asegurar que la documentación llega a su destino. Un tema muy serio, pues téngase en cuenta que lo que está en juego es la fuente económica de muchos vendedores, y con ella el sustento de sus familias.

 

En espera de que esta situación sea subsanada a la mayor brevedad posible reciba un saludo cordial, quedando, como siempre, a su disposición

 

 

 

Lucio Gonzalo Santos                                                               Carmen Torralbo Novella

Presidente                                                                                Portavoz

 

 

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